
20 Feb EL 03 DE MARZO EL TJUE SE PRONUNCIA SOBRE EL TIPO DE INTERÉS IRPH, SU ABUSIVIDAD Y NULIDAD
Por fin el 03 de marzo de 2020, tendremos la resolución del Tribunal Europeo que llevamos meses esperando. Dicha sentencia debe fijar un criterio unánime y vinculante para nuestros tribunales sobre la abusividad y en su caso nulidad del tipo de interés IRPH y las consecuencias de dicha nulidad. La lucha jurídica y los cambios jurisprudenciales han zarandeado a los consumidores en estos años, teniendo que acudir al TJUE como la única esperanza de ver salvaguardados sus derechos.
Mucho se especula sobre el alcance de la sentencia, todo en base al “miedo” de que una vez más la banca tenga esa protección que merece el consumidor. Ya que de ser condenadas las entidades financieras a la devolución íntegra de los intereses y en muchas ocasiones los prestamos quedar vacíos de interés aplicable, les supondrá un varapalo de gran magnitud.
Lo que está claro es que, como en cualquier procedimiento de consumo, es susceptible e ineludible la prueba sobre la falta de información clara, concreta y precisa al prestatario a cerca de los riesgos del producto y, sobre todo, con la antelación suficiente.
Estamos expectantes de conocer el contenido de la sentencia y estudiarla detenidamente para poder dar a nuestros clientes toda la información al respecto.
¿Y tú, tienes o has tenido un préstamo con IRPH? No dudes en hacer la consulta de manera gratuita y sin ningún compromiso.
Angélica Escobar
Abogada
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